Zonas Francas

1. ELABORACIÓN DEL RÉGIMEN DE COPROPIEDAD:

Con base en las normas vigentes de la Ley 675 de 2001, sobre Agrupación de Lotes, se establecerá el Reglamento de Propiedad Horizontal, donde además se incluirán las normas sobre Zonas Francas expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, para establecer las actividades de ZONA FRANCA. En concordancia con las normas vigentes y con la Ley 1005 de 2005, para regular claramente las actividades del conjunto inmobiliario para su funcionamiento como tal, con la destinación específica de Zona Franca y con la previsión del USUARIO DESARROLLADOR, USUARIO OPERADOR y USUARIOS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y DE SERVICIOS, así como con la previsión de todos los órganos de dirección y administración que son legalmente requeridos para su correcto funcionamiento y operación, con las cuotas o expensas necesarias para su sostenimiento.

Para tales efectos, se ofrecen las siguientes actividades:

  • Prestar la Asesoría Jurídica para la preparación de los actos requeridos para el adecuado manejo legal del proceso, a partir del predio de área útil resultante, donde se proyectarán los actos sobre las futuras Unidades Privadas que serán construidas, en las Etapas planteadas, cada una en un lote de propiedad de personas jurídicas diferentes.
  • Adelantar la prestación de los servicios legales requeridos para la creación de las unidades privadas, con la incorporación de las figuras jurídicas necesarias para la correcta transferencia posterior y el registro de los actos que deberán ser realizados.
  • Elaboración y trámite de protocolo y registro del Reglamento de Propiedad Horizontal y los Planos de Alinderamiento para el Proyecto, que se desarrollará con el siguiente CONTENIDO:

Levantamiento del texto del Reglamento de Propiedad Horizontal.

Memoria Descriptiva que comprende:

Identificación del inmueble
Especificaciones de construcción.
Condiciones de seguridad y salubridad.
Cuadro de Áreas o Proyecto de División, con los siguientes aspectos:
Las áreas de los bienes privados.
Las áreas de los bienes comunes.
La nomenclatura de las unidades privadas.

Dibujo de los Planos de Propiedad Horizontal y Deslinde, sobre los planos aprobados, que contienen:

Localización general.
Plantas, con cotas y mojones.
Cortes y fachadas.
Cubiertas.
Cuadro de Áreas.
Convenciones gráficas de los bienes privados y comunes.

2. IMPUESTOS PREDIALES:

Adelantar gestiones ante entidades distritales o municipales, Concejo, Alcaldía, Oficinas de Planeación, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, para obtener tratamiento preferencial para las Zonas Francas en las tarifas de Impuestos Prediales.

3. OTRAS ACTIVIDADES:

De acuerdo con los objetivos planteados en el punto anterior, las labores aquí ofrecidas, pueden incluir las siguientes actividades, si se desean:

Coordinación para la obtención de la totalidad de la documentación requerida, tanto desde el punto de vista técnico (planos, diseños, estudios) como desde el punto de vista legal (escrituras, certificados, anexos) ante Oficinas de Planeación Distrital o Curadurías Urbanas;

Asesoría Técnica para la elaboración de los planos, de acuerdo con las normas del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) que le sean aplicables;

Notificación y trámites de expedición de las respectivas licencias.
Se pueden ofrecer actividades relacionadas con trámites ante entidades o temas de comercio exterior.

Trámites de Urbanismo, otorgamiento de escrituras públicas de aclaración, englobes y desenglobes, constitución de urbanización, creación de folios como resultado del desarrollo por urbanismo.

Entrega o elaboración de escrituras de cesión pública gratuita o similares.

Por lo tanto, si lo desean contratar, podemos ofrecer también otras actividades adicionales, como tramitaciones y obtención de licencias, permisos, promesas y escrituras de ventas, fiducias, contratos en general, manuales de operación y convivencia, minutas de transferencia o trámites de comercio exterior, que no están incluidas dentro de la presente propuesta.